TÉRMINOS Y CONDICIONES DE MOSCA DIRECT SPAIN S.L.U

I.    General

1. Los presentes Términos y Condiciones serán de aplicación únicamente a empresarios, entendiendo como tal, cualquier persona física o jurídica o asociaciones con quienes se mantenga trato comercial y que lleven a cabo una actividad profesional independiente o comercial.

2. Excepto que,  en un caso concreto, se establezca lo contrario de manera expresa y por escrito, todos los contratos y envíos firmados con MOSCA DIRECT S.L.U (en adelante, MOSCA) se llevarán a cabo exclusivamente de acuerdo con las presentes Condiciones y Términos Generales de Mosca. En caso que el cliente no quisiera sujetar sus operaciones/transacciones a las mismas, deberá expresarlo de manera expresa y por escrito. De no ser así, serán de aplicación las Condiciones y Términos Generales de MOSCA, incluso cuando el cliente esté actuando bajo unas distintas o las suyas propias no reconocieran las Condiciones y Términos de MOSCA. Las Condiciones Generales del cliente no vincularán a MOSCA y por tanto no le generarán obligación alguna. Por la presente, MOSCA rechaza de manera expresa las Condiciones y Términos Generales del cliente. Éstas no tendrán ninguna validez, incluso cuando MOSCA no las rechace o descarte de manera expresa en el caso concreto.

3. Las relaciones contractuales quedarán sujetas a la Ley de la República Federal de Alemania. Los conflictos de Ley (IPR) y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) no serán de aplicación.

Los “Incoterms” estipulados por la Cámara Internacional de Comercio serán de aplicación a la hora de definir los términos y condiciones de los envíos (FOB, CIF, etc).

II.   Oferta y Conclusión del Contrato

1. El cliente quedará obligado por su pedido hasta la recepción de la confirmación por escrito por parte de MOSCA, sin embargo el plazo máximo será de cuatro semanas. El contrato deviene legalmente vinculante con la recepción de la confirmación del pedido por parte de MOSCA. Únicamente la confirmación por escrito del pedido o, de no estar disponible, correspondencia firmada por el cliente y recibida por MOSCA, serán legalmente vinculantes.

2. Todos los acuerdos, acuerdos secundarios verbales o cambios al contrato solo serán válidos si han sido firmados por MOSCA. Lo mismo será de aplicación a cualquier garantía de calidad o longevidad de los bienes objeto del contrato. En caso que el cliente quisiera algún cambio respecto de la oferta; en concreto, una vez la fabricación de muestras, etc. o la producción de los bienes pedidos hubiera empezado, MOSCA se reserva el derecho de re-establecer el precio fijado en un inicio con el objeto de considerar el gasto adicional o inferior. Bajo solicitud del cliente, se le podrá mostrar el gasto relevante, como consecuencia de los cambios requeridos. En caso que ya se hubiera incurrido en los gastos de producción o manufacturación, no siendo ya posible la comercialización posterior  del producto debido a las modificaciones técnicas, el cliente deberá indemnizar a MOSCA. 

3. MOSCA se reserva el derecho a llevar a cabo cambios de diseño que sean usuales en el sector, siempre y cuando no se trate de cambios fundamentales en la naturaleza del producto. Los detalles, incluso en catálogos y folletos, sobre pesos, dimensiones, velocidades y otros valores deberán interpretarse como aproximados. MOSCA también se reserva el derecho a realizar cambios razonables que sean habituales en el sector y el negocio.

4. Todas las ofertas así como las ofertas subsiguientes debido a pedidos subsiguientes quedan sujetas a confirmación.

5. MOSCA es titular de los derechos de propiedad y copyright de todas las estimaciones de costes, planos y otros documentos. Los documentos que hubieran sido entregados y presentados en el momento de la firma del pedido, tales como imágenes, planos, pesos y medidas, serán aproximados, salvo que se indiquen cómo obligados por MOSCA. MOSCA se reserva el derecho de realizar cambios razonables aquí que sea costumbre en el negocio y en el sector. No se facilitará a terceros el acceso a documentos de MOSCA sin el consentimiento previo de MOSCA. Si el contrato es posteriormente cancelado, el trabajo llevado a cabo en la ejecución de borradores y planos para el cliente, será facturado de acuerdo con los estándares de pagos y honorarios aplicables a los ingenieros. El cliente deberá devolver cualquier plano o documento a MOSCA de forma automática si el contrato se cancela o no sigue adelante por cualquier motivo.

III. Rescisión del contrato

1.   MOSCA tendrá el derecho de rescindir el contrato en los casos que se detallan a continuación:

a. Cuando se conozcan circunstancias que constituyan motivos suficientes y fundados para entender que el cliente no cumplirá con las obligaciones contractuales estipuladas, poniendo en peligro el derecho de MOSCA a ser remunerado, si el cliente no realiza o garantiza el pago pasado un período razonable de gracia;

b. En casos de fuerza mayor, guerra, intervención gubernamental, escasez de materia prima, desastres naturales, reubicación o cierre de las actividades de la empresa que impidan la obligación de entrega, no siendo MOSCA culpable, siempre que supongan un obstáculo permanente –no temporal- al cumplimiento adecuado del contrato;

c. el cliente no satisfaga las condiciones de reserva de la propiedad.

d. las obligaciones no contractuales (tales como peajes o derechos de importación, impuestos o cualesquiera otras penalizaciones sobre los bienes, fluctuación de la divisa) que no hubieran sido tenidas en cuenta por el cliente y que dificulten de manera significativa el cumplimiento de la obligación de entrega.

2. En el caso de cancelación del contrato, MOSCA podrá exigir la devolución de los bienes objeto del contrato. El cliente deberá asumir cualquier coste derivado de la misma.

3. El cliente no tiene derecho a rescindir el contrato. En caso que el cliente lo rescindiera por motivos no atribuibles a MOSCA (y de los que MOSCA no sea responsable) sin poseer el derecho a la rescisión legalmente establecido, será responsable de pagar una compensación.

IV.  Precios y condiciones de pago

1. La lista de precios válida en el día del envío o de prestación de servicios será la aplicable en cada caso. Los precios están fijados en euros ex Works, excluyendo el IVA y costes de embalaje, descarga, montaje e instalación in situ. Si los factores de coste en los que se basaron los precios varían tras la firma del contrato debido al aumento de precio de las materias primas, de materiales auxiliares, de la energía o debido a aumentos de salarios como consecuencia de acuerdos colectivos, MOSCA se reserva el derecho de ajustar el precio, si los bienes o servicios se deben entregar o prestar transcurridos cuatro meses desde la conclusión del contrato. El cliente puede, si lo considera necesario, pedir la prueba del aumento de los precios.

2. Los gastos incurridos y derivados de la importación de los bienes al país de destino (tasas de importación u otras penalizaciones) no están incluidos en el precio del contrato y deberán ser asumidos por el cliente.

3. MOSCA también facturará los servicios prestados aunque los mismos no fueran incluidos explícitamente en el contrato siempre y cuando sean necesarios para cumplir con el encargo o se realicen por petición del cliente.

4. El 30% del precio de compra de maquinaria deberá pagarse sin deducción alguna en el momento en que se efectúe el encargo, un 60% en el momento de comunicarse la disponibilidad del envío y el 10% transcurridos como, máximo, 14 días desde la disponibilidad de envío. El montaje, modificaciones y reparaciones así como consumibles, deberán ser pagados inmediatamente tras la prestación del servicio o cuando los bienes se hubieran entregado. Salvo que se hubiera acordado algo diferente en el contrato, se deberá proceder al pago inmediatamente tras la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, independientemente del momento de expedición de la factura. El tipo de interés por mora será de 8 puntos porcentuales por encima del tipo legal. MOSCA estará autorizado a exigir una cantidad superior, si puede probar una pérdida mayor como resultado de la mora.

5. Cualquier coste o gasto que surja como consecuencia de letras de crédito o facturas del cliente deberán ser asumidos por el cliente.

6. En caso de retraso en los pagos u otros incumplimientos del cliente, MOSCA tendrá derecho a suspender cualquier condición preferente de precios, tales como descuentos y a retener los envíos al cliente, incluso de otros pedidos, hasta que se hubieran pagado los atrasos.

7. Si el cliente no cumple con los plazos establecidos, las cantidades que de acuerdo con la relación contractual, todavía estuvieran pendientes, se considerarán vencidas inmediatamente. El cliente únicamente podrá compensar cualquier demanda a MOSCA con reclamaciones indiscutibles y legalmente ejecutables. El cliente solo podrá reclamar su derecho a retener pagos en el caso de reclamaciones indiscutibles y legalmente ejecutables.

8. MOSCA está autorizado a realizar y facturar envíos parciales, siempre que sea razonable, que deberán ser pagados tras la entrega de la factura.

V.   Entrega

1. MOSCA cumplirá los plazos de entrega acordados en la medida de lo posible. MOSCA no asume responsabilidad alguna por retrasos o imposibilidad de entrega que sean consecuencia de fuerza mayor, huelga, bloqueo, etc. o por cualquier daño ocasionado durante el tránsito. Tampoco se hará responsable, en concreto, si la entrega se retrasa o se impide por culpa del cliente o de sus agentes.

2. MOSCA no acepta responsabilidad si el plazo de envío no se cumpliera debido a que un sub-proveedor no hace entrega de los bienes objeto de contrato o de las partes requeridas de manera puntual.

3. Las fechas de previsión de entrega no tendrán la consideración de fechas fijas. Las fechas fijas serán aquellas recogidas de manera explícita como tales en el contrato.

4. Las auto recogidas deberán ser puntuales y adecuadas a las condiciones de MOSCA.

5. Si no es posible la entrega de los bienes por causas no imputables a MOSCA, la notificación de la disponibilidad de envío será suficiente para entender que se ha cumplido el contrato.

6. En supuestos de huelgas o bloqueos y como consecuencia del acontecimiento de circunstancias impredecibles, de los que MOSCA no fuera responsable, así como interrupciones operativas, tales como interrupción en el suministro de energía, escasez de materias primas, intervención de las autoridades, desastres naturales o fuerza mayor, la fecha de entrega se podrá ampliar de manera razonable, siempre y cuando se pueda probar que tales sucesos han influido significativamente en la finalización o envío de los bienes objeto de contrato. Ello será de aplicación también, en casos de demora en la entrega, si tales sucesos provocaran que los proveedores de MOSCA se demoraran en sus obligaciones. MOSCA deberá notificar al cliente de inmediato, el inicio y final de tales sucesos.

7. MOSCA solo podrá estar en mora, si el cliente ha concedido a MOSCA un período de gracia de al menos 21 días laborables tras la finalización del plazo de entrega establecido en el contrato, y dicho plazo hubiera vencido por causas imputables a MOSCA. Ello no afectará a los derechos legales del cliente de rescindir el contrato.

VI.  Aceptación y expedición

1. Si la expedición se retrasa por causas no imputables a MOSCA, el riesgo será asumido por el cliente desde el día en que se notificara la disponibilidad de la expedición. Si el cliente hubiera incurrido en culpa, los bienes serán almacenados al coste y riesgo del cliente.

2. Los bienes serán expedidos a coste y riesgo del cliente. Todos los riesgos serán asumidos por el cliente desde la expedición o recogida de los bienes, independientemente del tipo de envío acordado para el caso concreto.

3. MOSCA decidirá la ruta de transporte y el tipo de transporte para cualquier envío que no sea llevado a cabo ex works. La decisión será tomada bajo discreción de MOSCA y excluirá cualquier responsabilidad en relación con el tipo de expedición más ventajoso.

4. MOSCA no aceptará la devolución de cualquier material de embalaje que ya hubiera sido facturado.

5. Si el cliente no puede hacerse cargo del envío en los 14 días siguientes al de la notificación de disponibilidad de expedición, MOSCA está autorizado a rescindir el precio de contrato de manera inmediata tras dar 14 días de preaviso. Cualquier retoque requerido por el almacenaje en MOSCA (por ejemplo daños por corrosión) será asumido por el cliente, a quien se le expedirá una factura independiente por este concepto.

6. Si cualquier pedido no pudiera proceder por causas imputables al cliente, el mismo será responsable de abonar el 40% del precio de contrato por la compensación económica del coste y el lucro cesante, siempre y cuando la planificación contractual de los bienes ya se hubiera completado. El cliente podrá probar que el daño que hubiera surgido o la disminución de valor ocasionada, es inferior al precio fijado. Ello no afectará a la posibilidad de reclamar la compensación económica por encima del precio fijado a tanto alzado. Si los bienes ya están en producción, el cliente deberá pagar el precio fijado en el contrato.

7. En caso de certificación obligatoria, el cliente está autorizado a inspeccionar los bienes y de emprender las medidas de certificación correspondientes de acuerdo con los estándares y condiciones vigentes en el tercer país del lugar de aceptación fijados en el contrato en los 10 días siguientes al de la notificación de la disponibilidad de expedición de los bienes. El cliente podrá rechazar tácitamente el derecho de inspección, si el mismo o sus agentes no llevan a cabo la inspección en el plazo establecido. En tal caso, los bienes se considerarán correctamente enviados y la aceptación expirará una vez transcurrida el plazo establecido.

VII. Responsabilidad por defectos

1. Cualquier reclamación por daños por parte del cliente, depende de que el mismo hubiera cumplido diligentemente con su obligación de inspección y queja en el caso concreto de acuerdo con lo establecido en el artículo 377 del Código comercial alemán. Los defectos que se detecten deberán ser comunicados por escrito de manera inmediata y como tarde, 10 días laborables después de la recepción de los bienes. Los defectos ocultos deberán ser notificados por escrito en el plazo de 10 días laborables desde la identificación del defecto. La obligación de notificar los defectos detectados será de aplicación a los clientes también cuando no hubiera obligación de inspección y queja en virtud del artículo 377 del Código comercial alemán, si los defectos fueran obvios, con la condición de que los defectos obvios sean notificados también por escrito en el plazo máximo de 10 días laborables.

2. La obligación de inspección por parte del cliente se extiende al envío en su totalidad. No obstante, a pesar de cualquier defecto posible, los bienes deberán ser aceptados y debidamente almacenados. Los bienes rechazados no pueden ser modificados ni usados. MOSCA deberá tener la oportunidad de inspeccionar los bienes rechazados.

3. En un inicio, MOSCA será libre de elegir si corregir el defecto o bien suministrar bienes libres de defectos (envío de sustitución). Si MOSCA no estuviera dispuesto o no fuera capaz de corregir el defecto o de proveer con bienes sustitutivos, en particular, no procede a ello en un plazo razonable de tiempo, o si no procede con la corrección del defecto o la sustitución de los bienes, el cliente está autorizado a elegir si rescindir el contrato o si solicitar una reducción y compensación dentro del alcance de las restricciones de responsabilidad recogidas en el punto VIII.

4. Si el cliente recibe instrucciones de montaje defectuosas, MOSCA sólo estará obligado a proporcionar instrucciones libres de errores, si el defecto en las instrucciones impide el correcto montaje.

5. El cliente no recibirá garantías de MOSCA en sentido legal. Ello no afectará a las garantías del fabricante.

6. En el caso de contratos puramente de compra de mano de obra, MOSCA solo será responsable de un trabajo y una ejecución correctos y profesionales de acuerdo con los diseños del cliente y del uso de los materiales provistos por el cliente. MOSCA no está obligada a revisar los documentos y materiales provistos por la otra parte en el momento de hacer el pedido.

7. MOSCA no se hace responsable de los defectos debidos al desgaste natural ni de  roturas causadas por la incorrecta puesta en funcionamiento, por el uso y mantenimiento incorrectos y por el uso de equipos inapropiados. MOSCA no se hace responsable de defectos ocasionados con motivo de una excesiva carga o de los efectos de la construcción del edificio, influencias del clima o medioambientales tras la transmisión del riesgo, de los que MOSCA no sea responsable. MOSCA no se hace responsable de la correcta planificación y compatibilidad de los bienes objetos de contrato dentro de un sistema no suministrado por MOSCA. MOSCA no acepta la responsabilidad en caso que los bienes objetos del contrato hayan sido modificados por un tercero externo o por la instalación de partes proporcionadas por un tercero y de los defectos que nazcan como resultado del cambio.

8. MOSCA solo estará obligado a la prestación de servicios suplementarios o a rectificar los defectos en los bienes adquiridos, si el cliente hubiera cumplido con sus obligaciones de pago en relación con los bienes defectuosos ya suministrados.

9. Si MOSCA está obligado a aceptar la devolución de los bienes rechazados o defectuosos o si MOSCA declara que está dispuesto a aceptar la devolución de los bienes, el cliente está obligado a comunicar a MOSCA un plazo razonable de recogida. El cliente solo estará autorizado a  devolver los bienes una vez este plazo hubiera expirado. El cliente asumirá los costes generados con la devolución de los bienes, si éstos fueran devueltos antes del transcurso de dicho período.

10. En caso que MOSCA incurra en costes o gastos adicionales como consecuencia del servicio o de la garantía suplementarios a pesar de no haber defecto o en caso que las condiciones antes mencionadas descarten la garantía, el cliente estará obligado a pagar a MOSCA dichos gastos y costes adicionales en los que hubiera incurrido.

11. El período para establecer reclamaciones por defectos se limita a doce meses, que se calculan desde la transmisión del riego, siempre y cuando no se hubieran llevado a cabo otras reclamaciones en virtud de la garantía, legislación por responsabilidad civil del producto o por lesiones que afecten a la vida, a la integridad física o a la salud, o en casos de negligencia grave o por un incumplimiento deliberado del contrato o por el ocultamiento de defectos. Ello no será de aplicación, en caso que la Ley, y en concreto los artículos 438 sección 1 número 2; 634ª) sección 1; 478 y 479 del Código Civil Alemán, establezcan plazos de limitación más amplios. Asimismo, ello tampoco afectará al período de limitación en los casos en que fuera responsabilidad del proveedor, ex artículos 478 y 479 del Código Civil Alemán, que establecen un plazo de 5 años desde la entrega de los productos defectuosos. Ello no afecta tampoco a la suspensión del período; la suspensión y reanudación de los períodos de limitación se regulará de acuerdo con las previsiones legales.

VIII. Responsabilidad conjunta y solidaria

1. Salvo que se establezca lo contrario a continuación y con independencia de su base legal, no se aceptará más responsabilidad por daños que la detallada en la sección VIII. Ello aplica, en particular, a las reclamaciones por compensación basadas en la culpabilidad al concluir el contrato cuando sea debido a la violación de un deber o debido a reclamaciones por daños y perjuicios a la propiedad en virtud del artículo 823 del Código Civil Alemán. Tal limitación también será de aplicación en los casos en los que el cliente reclame el reembolso de un gasto innecesario en el que hubiera incurrido en lugar de la rectificación del defecto o del reemplazo de la parte.

2. Dicha excepción de responsabilidad no será de aplicación a las reclamaciones de los clientes como resultado de haber aceptado la garantía de calidad de los bienes objeto de contrato; a la responsabilidad por daños como consecuencia de lesiones que afecten a la vida, a la integridad física o a la salud de acuerdo con la legislación relativa a la responsabilidad por producto. Asimismo, tampoco será de aplicación en caso que el daño hubiera sido intencionado o resultado de una negligencia grave o fraudulenta por parte de MOSCA.

3. MOSCA seguirá siendo responsable en caso que, de manera culpable, no cumpliera con una obligación esencial del contrato, cuyo cumplimiento fuera necesario para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento hubieran confiado las otras partes contractuales. No obstante, la responsabilidad en materia de compensación se limitará a los daños típicamente previsibles.

4. En caso que MOSCA incumpliera culpablemente una obligación contractual insignificante, MOSCA no será responsable de cualquier daño que no ocurriera en los bienes mismos objetos de contrato. La responsabilidad por el lucro cesante o por otros perjuicios económicos sufridos por el cliente quedará excluida. No obstante, ello no será de aplicación en caso que MOSCA hubiera aceptado una garantía de calidad o longevidad y dicha garantía incluyera responsabilidad por lucro cesante y otros perjuicios económicos.

5. En la medida en que se excluya o restrinja la responsabilidad de MOSCA, se entenderá excluida también la de los trabajadores, empleadores, staff, representantes y agentes de MOSCA.

IX.  Reserva de propiedad

1. MOSCA se reserva la propiedad sobre los bienes objetos de contrato hasta que se hubieran satisfecho todos los pagos acordados bajo la relación comercial con el cliente. Los cheques y letras de cambio solo serán compensados cuando sean liquidados, y no serán considerados como recibos de un pago hasta la plena satisfacción sin peligro de recurso. Si MOSCA acepta el pago de deuda mediante cheques/letras de cambio, la reserva de propiedad se extenderá hasta el reembolso del documento aceptado por MOSCA por parte del cliente y no se extinguirá por la entrega a MOSCA del documento.

2. El cliente estará autorizado únicamente a vender los bienes objetos de contrato, a recaudar los ingresos asignados de la venta, a usar y/o procesar los bienes objetos de contrato y/o introducir los mismos en un lugar o en un objeto como consecuencia del curso normal de sus actividades y de acuerdo con las siguientes condiciones.

3. En caso de incumplimiento por parte del cliente, MOSCA podrá revender el bien objeto del contrato. Por la presente, el cliente renuncia a toda reclamación de cantidad a MOSCA por la reventa de los bienes objeto de contrato, por el valor de la factura (incluyendo el IVA), independientemente de si los bienes objeto de contrato hubieran sido revendidos antes o después de su proceso. El cliente no podrá disponer de los bienes objetos de contrato de cualquier otra manera, en concreto, no podrá hipotecarlos o dejarlos como prenda a modo de garantía. Si tal subrogación a MOSCA no fuera posible por motivos legales o por razones verdaderas, el cliente no estará autorizado a revenderlos.

En caso que los bienes objetos de contrato fueran instalados en otro bien como parte de un contrato de obra, el cliente renunciará a todas las reclamaciones hasta el valor facturado de los bienes objeto de contrato (incluyendo el IVA) del contrato de obra a MOSCA. El cliente sigue teniendo autoridad para recaudar la deuda incluso después del encargo. Ello no afecta a la autoridad de MOSCA para poder recaudar la deuda. Sin embargo, MOSCA no recaudará el pago, siempre y cuando el cliente cumpla son sus obligaciones de pago, no esté en mora, y en concreto si no tuviera abierto ningún procedimiento por insolvencia y/o la autorización de recaudar las deudas cedidas por el cliente ex número 9 no hubieran expirado de manera automática, o si MOSCA hubiera rechazado la orden directa de domiciliación por cualquier otra razón.

Si este fuera el caso, MOSCA podrá exigir que el cliente desvele quién es el deudor y la cantidad adeudada a MOSCA, proporcionar todos los detalles necesarios, entregar los documentos relacionados y revelar el encargo a los deudores (tercera parte).

4. Si el cliente procesa los bienes objeto de contrato convirtiéndolos en un nuevo objeto, el proceso será llevado a cabo en nombre de MOSCA sin ninguna obligación por su parte. El nuevo objeto será propiedad de MOSCA. Si los bienes objetos de contrato son procesados junto con otros bienes que no pertenecen a MOSCA, MOSCA adquirirá la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor en la factura de los bienes objetos de contrato (incluyendo el IVA) en relación con los otros bienes en el momento del proceso. Si el cliente adquiere la propiedad exclusiva por la unión o integración, por la presente confiere a MOSCA la propiedad exclusiva en proporción al importe facturado por los bienes objeto de contrato (incluyendo el IVA) en relación con los otros bienes en el momento de la unión o integración. En estos casos, el cliente deberá almacenar los bienes que también sean considerados como bienes objeto de contrato en propiedad o copropiedad con MOSCA, como definido a continuación en las condiciones, sin ningún cargo.

5. Si el cliente dispone de los bienes objeto de contrato, individualmente o conjuntamente con otros bienes que no sean propiedad de MOSCA, el cliente, por la presente cede todos las reclamaciones por cantidad que nazcan con la reventa hasta el valor de la factura de los bienes objeto de contrato (incluyendo el IVA) con todos los derechos subsidiarios como una prioridad para MOSCA. Si los bienes revendidos son copropiedad de MOSCA, las reclamaciones por cantidad se extenderán al valor por unidad que se corresponda con la copropiedad que ostenta MOSCA. Si el cliente instala los bienes objetos de contrato en un bien que pertenezca a un tercero, el cliente por la presente cede las reclamaciones de cantidad pendientes y transmisibles hasta el valor de la factura de los bienes objetos de contrato (incluyendo el IVA) frente al tercero o frente a la parte que concierna y que el tercero concederá una hipoteca mobiliaria como prioridad para MOSCA.

6. Si el los bienes objeto de contrato del cliente son instalados como elemento esencial en una propiedad de un tercero, por la presente, el cliente cede las reclamaciones de cantidad que hubieran surgido hasta el valor de los bienes objeto de contrato con todos los derechos subsidiarios, incluyendo el derecho a garantizar una hipoteca mobiliaria como una prioridad para MOSCA; MOSCA acepta la cesión. Si los bienes son instalados en una propiedad del cliente, el cliente por la presente cede las reclamaciones por cantidad que pudieran surgir por la disposición de la propiedad o derechos de propiedad hasta el valor de los bienes objetos de contrato junto con todos los derechos subsidiarios como prioridad a MOSCA; MOSCA acepta la cesión.

7. Igualmente, el cliente cede las reclamaciones por cantidad hasta el valor de factura de los bienes objetos de contrato (incluyendo el IVA) a los que tenga derecho frente a un tercero, como resultado de la destrucción, daño, robo o pérdida de los bienes objeto de contrato.

8. El cliente deberá notificar a MOSCA inmediatamente cualquier acción de terceras partes para forzar la venta de los bienes objetos de contrato o de las reclamaciones por cantidad cedidas y entregar la documentación necesaria para defender tal acción. Si el tercero no estuviera en posición de poder reembolsar a MOSCA por los costes judiciales y extrajudiciales ocasionados, el cliente será responsable de la pérdida.

9. La derecho a recaudar las reclamaciones las reclamaciones cedidas y el derecho de reventa y a los ingresos por la reventa, a usar o instalar los bienes objetos de contrato expirará con el cese de los pagos, apertura de un procedimiento de insolvencia, cuando un cheque o pagaré resulte impagado, aunque MOSCA no hubiera revocado explícitamente el derecho a usar o instalar tales bienes.

10. MOSCA está obligada a liberar las garantías, si el cliente lo pide, cuando el valor de  las garantías exceda el valor reclamado en más de un 10%. Incumbe a MOSCA seleccionar qué garantías serán liberadas.

X.   Lugar de cumplimiento y foro competente

1. Barcelona, España, será el foro competente para todos los conflictos que surjan de la relación contractual y de cualquier otra relación comercial entre MOSCA y el cliente, siempre y cuando el cliente sea un empresario, una entidad legal de derecho público o una entidad de derecho público. MOSCA también está autorizada a interponer una demanda en el lugar de residencia del cliente o en la dirección de registro de su domicilio social.

2. Salvo que se establezca lo contrario en la confirmación del pedido, el lugar de cumplimiento de todas las obligaciones que nazcan con motivo de la relación comercial es 08390 – Mongat, Barcelona, España.

Mosca's road to the future!
Social Bookmarks